jueves, abril 02, 2020

HASTA CUÁNDO CON PUNTA PEUCO.



Además de todas las irregularidades judiciales cometidas en contra de los detenidos uniformados (más de 200 físicamente presos), en diferentes penales, se les sigue discriminando de manera odiosa e ilegal. Al respecto puedo enunciar las siguientes prevaricaciones:
  • No aplicar la Ley de Amnistía que favoreció en su oportunidad a más de 800 detenidos de izquierda. La Ley está vigente y no se aplica.
  • Juzgar a estas personas mediante el llamado “sistema antiguo” en donde el Juez investiga y sanciona saltándose todos los derechos que han sido reconocidos por el Tribunal Constitucional y que los ministros no aplican.
         .        Presencia de abogado al declarar.
         .        No tener conocimiento del proceso antes de ser procesado, lo cual limita a una defensa siempre estéril.
         .        Darles validez a testigos falsos que reconocen a autores por su olor o timbre de voz (después de 40 años) y cuando ni siquiera eso logran, lo acusan “porque debería haber sabido” sobre el supuesto delito, para el cual no hay pruebas, solo testimonios que serán remunerados con jugosas u onerosas indemnizaciones, por condenas hechas a base de “presunciones”.
  • Fue la misma Corte Suprema que reconoce ante el parlamento, que han debido acomodar algunos aspectos de la Ley, para poder castigar a los presuntos culpables.
  • A la fecha no hay condenas por delitos de “lesa humanidad”, sí las hay por delitos muchas veces imaginarios como lo es el secuestro permanente que se ha conocido como “ficción jurídica” tal como lo reconoció el Juez Alejandro Solís en un programa de TV.
  • No respetar la irretroactividad de la Ley, por cuanto la propia Ley N° 20.357 (sobre lesa humanidad) en su Art. 44 agrega “…de los hechos que trata esta Ley, cometidos con anterioridad a ella, continuarán rigiéndose a la normativa vigente a ese momento y que en consecuencia sus disposiciones serán aplicables a hechos cuyo principio de ejecución sea posterior a su promulgación en el Diario Oficial…” (18.JUL.2009) y su entrada en vigencia (1º.SEP.2009) respectivamente.
         A pesar de todo lo anterior y producto de la pandemia mundial del Coronavirus, el Presidente de la Republica elegido con una considerable cantidad de  votos de la familia militar que creyeron por segunda vez en él en cuanto a que haría una estricta aplicación de la Ley, determina que los ancianos presos políticos militares son inmunes ante la pandemia y no les pasará nada, sólo que ahora vienen más restricciones dispuestas por su Ministro de Justicia de tramoya, quien aterrorizado por doña Carmen Hertz, corrió a darle el gusto gestando una nueva Ley que hace imposible optar a beneficios establecidos en el Decreto Supremo N° 321.
         Demás está comentar, que este Sr. Ministro se desarrolló como tal al amparo del gobierno de las Fuerzas Armadas y Carabineros y en los anales de la historia está la constancia de la  emotiva carta que envió al General Augusto Pinochet Ugarte con motivo de su octogenario cumpleaños.
         Al igual que en las Termópilas y vendidos por el traidor Efialtes que guió una fuerza de inmortales persas a través de las montañas hasta llegar a la retaguardia de la posición griega, abandonados también por sus compatriotas en aquella hora de necesidad, Leónidas y sus 300 Espartanos juntaron sus escudos por última vez y se enfrentaron a su aniquilación. (Charles Grant en El Juego de la Guerra de Peter June).          Este es un símil vergonzoso de lo que ocurre con los veteranos uniformados a los que siguen abandonando a su suerte tras las rejas.

Eric Villena D.

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