miércoles, abril 15, 2015

POLICÍAS AMARRADAS.


Señor Director:

En el reportaje de este domingo sobre víctimas de asaltos se señala: "Primero (las víctimas) hacen la denuncia a la policía local. Indistintamente, afirman, recurren a Carabineros y a la PDI y 'el efecto es el mismo, las policías tienen la disposición de tratar de hacer algo, pero están muy amarradas porque no pueden hacer nada si no tienen orden de investigación de la Fiscalía. Y esas órdenes no llegan nunca'".

Esta es una absoluta realidad que obedece a un artículo anticonstitucional del Código Procesal Penal que entrega la investigación a los fiscales, los que la pueden delegar en las policías. La Constitución establece que la policía investiga y el fiscal dirige la investigación.

Como uno de los autores de la reforma constitucional que creó el Ministerio Público, puedo afirmar que siempre se sostuvo que la policía debía investigar de inmediato y que el fiscal dirigiría la investigación. En el antiguo Código de Procedimiento Penal, la policía estaba obligada a investigar desde que tenía conocimiento de la existencia de un delito y, de no hacerlo, debía explicar al juez el porqué.

El otro hecho es la existencia de la puerta giratoria para los delincuentes que hacen del delito su profesión. Se les detiene muchas veces y siempre salen en libertad, lo que les permite seguir afectando la seguridad de la ciudadanía.

A objeto de reparar esta inconstitucionalidad e impunidad, Renovación Nacional presentó un proyecto de ley que fue reiterado por la Cámara Nacional de Comercio, Servicios y Turismo. El Presidente Piñera envió el proyecto, agregando otras materias que pueden ser objeto de discusión, por lo cual este duerme en el Senado el sueño de los justos.

No es necesario hacer un extenso proyecto que abarque otras materias. Basta una ley de dos artículos. El primero: "La policía debe investigar desde que tome o llegue a su conocimiento la existencia de un hecho que revista caracteres de delito, sin necesidad de orden expresa alguna del Ministerio Público, sin perjuicio de la debida información de lo hecho al respectivo fiscal".

El segundo: "Se considera como peligro para la sociedad el hecho que una misma persona haya sido formalizada por dos o más delitos de la misma especie o de mayor gravedad". Personalmente he conversado con ambos ministros sobre esta materia y, a petición del ministro del Interior, se le envió un proyecto de ley similar. Los ministerios del Interior y de Justicia tienen la palabra y la ciudadanía tiene el derecho a saber por qué no lo hacen.

Miguel Otero Lathrop
Ex senador, abogado y profesor de Derecho.
                                                    El Mercurio on line

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