jueves, septiembre 22, 2016

JUSTICIA, HUMANIDAD, VENGANZA.


Como en otros países latinoamericanos que han vivido transiciones desde gobiernos militares a gobiernos civiles, desde  1990 en Chile se instauraron acciones penales, comisiones de la verdad, programas de reparación y diversas reformas institucionales. Dos comisiones de la “verdad” con distinto mandato (1991 y 2005) buscaron establecer la práctica sistemática de desaparición forzada, tortura y prisión política que habría sido dirigida por el régimen militar.
Hoy continúan los procesos contra militares acusados de violar los derechos humanos durante el período comprendido entre 1973 y 1990,y más de un centenar de ellos cumplen condenas mayoritariamente en el penal de Punta de Peuco y en otras prisiones del país.
No obstante lo anterior, organizaciones principalmente políticas de izquierda y de familiares de víctimas de los hechos por los que se acusa a los uniformados, continuamente cuestionan la existencia de penales especiales para que los declarados culpables cumplan condena, y se oponen a incorporar a cuerpos legales, iniciativas que comprendan beneficios para adultos mayores y enfermos terminales, así como la posibilidad de optar a beneficios penitenciarios a quienes cumplen dichas condenas.
De esta forma, podemos evidenciar que los temas más relevantes relacionados con este tema se refieren a  los recintos penitenciarios que albergan a los militares y el acceso a instancias de beneficios que se encuentran regulados por ley.
Sin duda el penal de Punta Peuco es el que genera mayor polémica. Este penal que mantiene recluidos a militares condenados por hechos relacionados con derechos humanos, es una instalación penitenciaria que posee una infraestructura y capacidad a la altura de los estándares internacionales, lo cual contrasta fuertemente con la realidad de las cárceles comunes del país. Esto ha llevado a que las organizaciones que quisieran castigar mas duramente a los militares presos, presenten a la  ciudadanía que a los condenados por violaciones a los derechos humanos se les estaría entregando privilegios, a los cuales no accede el resto de la población penal del país, evidenciando una inequidad ante la ley. Se omite no obstante decir que han sido los propios reclusos los que se han esforzado por generar las condiciones de habitabilidad que allí se dan y que es gracias a su esfuerzo personal y nivel cultural que se mantengan dichas condiciones. No obstante ello Punta Peuco sigue siendo una cárcel.
El problema entonces no es que Punta Peuco tenga  mejores condiciones de vida que otros recintos penitenciarios, sino que el resto de los otros recintos carcelarios se mantienen condiciones  infrahumanas. De esta forma, el recién nombrado Director del Instituto Nacional de Derechos Humanos Branislav Marelic, afirmó recientemente que  el Penal de Punta Peuco es una cárcel, pero diferente a las demás, debido a que los reos disponen de servicios como agua caliente, acceso a áreas verdes (todo ello habilitado por los propios reclusos), donde  no hay hacinamiento, manifestando su esperanza de que todas las cárceles fueran como Punta Peuco.
Por otra parte se discute sobre la otorgación de beneficios humanitarios a presos ancianos o que sufren enfermedades terminales, y de ser así, si corresponde extender la entrega de tales beneficios a quienes hayan cometido delitos gravísimos o de “lesa humanidad” (Tipificado en el Tratado de Roma al cual Chile se suscribió en 2009, 36 años después de los hechos que se juzgan).
De esta forma quienes quieren negar cualquier tipo de beneficio a los uniformados encarcelados manifiestan que los crímenes contra la humanidad, es decir, aquellos que se han cometido como parte de un ataque sistemático contra sectores de la población y de manera premeditada, son imprescriptibles.
Sin embargo manifiestan otros,  lo anterior  no excluye medidas humanitarias en casos calificados, ya que dichas medidas no admiten distinciones dependiendo de la gravedad del delito.
En un régimen democrático con una aplicación seria de la justicia, debe estar siempre presente la  posibilidad de clemencia, ello no relativiza los crímenes, sino todo lo contrario, demuestra que la verdadera justicia muestra gestos de humanidad a incluso quienes ha condenado por contravenir dicha humanidad.
Como ejemplo tanto de la muestra como de ausencia de humanidad se ha contrapuesto sostenidamente dos casos:
Erich Honecker, jefe de estado de la República Democrática Alemana entre 1976 y 1989, fue requerido por autoridades de la ex República Federal en 1990 por ordenar disparar a quienes escaparan de la RDA a través del cruce del Muro de Berlín. Sin embargo tras la caída del muro y la reunificación alemana, al  someterse a proceso fue diagnosticado con cáncer hepático que no pudo ser superado con cirugía. Se acreditó que Honecker no sobreviviría al proceso judicial, y en 1993 fue liberado, falleciendo al año siguiente.
Por otra parte, se  presenta la inhumanidad en el caso  de Rudolph Hess, a quien, en la década del 60, Amnistía Internacional solicitó que no se mantuviera en confinamiento solitario. Hess, quien fuera secretario personal y ministro de Hitler,  había sido condenado a cadena perpetua en la prisión berlinesa de Spandau, en la cual pasó a ser su único ocupante en 1966. Hess tenía 72 años y se documentó un evidente deterioro mental, sin embargo, la oposición de la Unión Soviética y Reino Unido, hizo que muriera en dicha prisión solo, en 1987 a los 93 años de edad.
Quienes estaban en contra de cualquier medida de clemencia hacia Hess argumentaban que era un monstruo, por su participación en “crímenes atroces” y asesinatos masivos. Sin embargo quienes apelaban a gestos de humanidad sostenían que si bien Hess pudo haber sido un monstruo sus acusadores no podían ser monstruos.
En ambos casos, Hess y Honecker, lo que se pedía no era un indulto y mucho menos una amnistía, sino simplemente medidas humanitarias a personas que no tiene sentido mantenerlas en la cárcel.
José Zalaquett, prestigioso abogado especialista en derechos humanos,  ha manifestado que quien estando condenado ha cumplido la mayor parte de su pena, ha colaborado con la justicia, ha mostrado arrepentimiento y se encuentra con demencia senil, ya no existe como identidad, es un cuerpo sin memoria ni conciencia y las medidas humanitarias ni siquiera serían para él, sino para su familia, con el fin de tenerlo cerca sus últimos días.
Lamentablemente no ha habido en Chile una discusión ética y legalmente fundada sobre las condiciones y límites de la clemencia en este tipo de casos. Y por ende, los actores políticos se han visto imposibilitados de generar medidas sostenibles a largo plazo.
Urge que la sociedad chilena, a través de las instancias políticas y sus gobernantes,  posibiliten, tanto la extensión de beneficios carcelarios en casos calificados, como la legítima exigencia de recintos carcelarios a la altura de estándares y tratados internacionales para la totalidad de la población penal del país.
Roberto Hernández Maturana.

0 comentarios:

Publicar un comentario

Suscribirse a Enviar comentarios [Atom]

<< Inicio