LOS VICIOS DEL SISTEMA PENAL CHILENO.
La compleja situación que proyecta el nuevo sistema penal, con indignante e indiscutida impunidad delictual, obedece a una cadena de hechos generados por la súbita promulgación y puesta en práctica de la nueva legislación
Antes de la Reforma Penal, las pesquisas policiales eran dirigidas por la Justicia Ordinaria, con las protocolares Órdenes de Investigación a la Policía de Investigaciones. Órdenes que podían ser Simples o Amplias. Las diferencias, entre ambas, eran las menores o mayores facultades que el Tribunal otorgaba a los detectives para actuar en sus sospechas y pesquisas.
Los encargos u órdenes de investigación de los Tribunales a la Policía de Investigaciones no tenían límites de tiempo y la agilidad en las pesquisas dependía del espíritu vocacional de los detectives y de la intromisión de las víctimas y sus abogados. Donde había límite, y riguroso, era en el tiempo de captura o de detención de los sospechosos. Toda detención debía ser registrada en el Libro de Guardia de la Unidad Policial y tras un máximo de 24 horas, el detenido debía ser puesto a disposición del Tribunal correspondiente o, simplemente, dejado en libertad. De tal suerte, los policías represivos debían aprovechar al máximo el escaso tiempo para interrogar, confrontar las declaraciones y, si lograban las evidencias inculpatorias, poner a disposición del Tribunal a él o los detenidos, con un Parte Policial que, tras la identificación aseguraba, taxativamente, una confesión “libre y espontánea.”
Hasta cuando mi vocación de reportero policial me permitió hurgar en el submundo del delito, la disposición legal del tiempo de detención se burlaba descaradamente y el apremio sicológico y físico formaban parte natural del sistema. Salvo excepciones milagrosas.
La limitación del tiempo de captura se burlaba cambiando a los detenidos de unidad policial o cuartel de detención en los Registros Administrativos de la Policía. Por ejemplo: un detenido ingresado a la Unidad “X” a las 14:00 horas del día “N” e interrogado sin éxito durante 24 horas, se le ponía en libertad a las 13:00 horas del día siguiente, registrando la salida con la firma del detenido y su huella digital, adicionando una declaración de buen estado físico. Sólo que el detenido ni siquiera ponía un pié en la calle. Se anotaba su detención en el Registro Administrativo de otra Unidad Policial, con dos o tres horas de diferencia. Y así, cambiando de Unidad, Comisaría o Prefectura, la captura o detención podía ser muy, muy larga en el tiempo. Todo cambiaba cuando el inculpado o sospechoso, ayudado por su experiencia personal, lograba inferirse un corte en el vientre o en un brazo, obligando a sus aprehensores a llevarlo a una posta u Hospital. Con esa estrategia se ponía fin al interrogatorio porque, esta vez, la salida de la Unidad Policial cambiaba al Registro de la Unidad Médica Asistencial. Y desde ahí debía ser puesto a disposición del Tribunal, con las inconclusas evidencias o, dejado en libertad.
El apremio, sicológico o físico, era muy difícilmente comprobable. Sin embargo, varios periodistas de mi época logramos demostrar, judicialmente y más de una vez, que la “confesión libre y espontánea” era falsa, de falsedad absoluta.
El antiguo sistema penal no era perfecto ni mucho menos. Pero el cambio ha desmejorado la situación y creó la terrible inseguridad.
Los Tribunales de Justicia Penal han sido despojados del importante y amplio poder de dirigir las investigaciones, a través de la policía. Hasta cambiaron de nombre. Los Juzgados del Crimen se llaman, ahora: Tribunales de Garantía. Y todo el poder inquisidor, la facultad de investigar, pasó a manos del Ministerio Público, institución jurídica creada por la escasa responsabilidad social y el excesivo móvil político-partidista de las mayorías parlamentarias.
Cambio funcional que, con la misma irresponsabilidad política, fue impuesta de rompe y porrazo por la precipitada promulgación legal. De la noche a la mañana se acabó la jerarquía profesional de los policías y las pesquisas pasaron a ser dirigida por jóvenes abogados, absolutamente ajenos a los escenarios del tenebroso y truculento ambiente de los “bajos fondos”.
Estos jóvenes abogados son, supuestamente, expertos en la legislación pero, nadie les enseñó, jamás, las técnicas para determinar las alternativas de causas o móviles de los delitos, ni los caracteres y antecedentes de los escenarios delictuales. En fin, llegan desde las Escuelas de Derecho a usurpar un nivel superior a la jerarquía técnica de la Policía de Investigaciones, formada, primero, en una Escuela Especializada y luego en años de experiencia y conocimientos del delito, en su extensa gama de ejecuciones.
Las usurpaciones de roles generan heridas y esas heridas suelen generar rencores.
La realidad judicial de los últimos tiempos ha sido catastrófica. Los Juzgados rechazan las evidencias que presentan los fiscales, considerándolas precarias, deficientes, no probatorias.
Respetables consideraciones que, teniendo presente la debilidad humana, bien podrían ser respuestas a la usurpación de sus antiguos poderes.
Los Fiscales, a su turno, alegan que no tienen recursos y que trabajan con la inmensa presión de excesivas causas o denuncias por investigar. Consideración que ha provocado muchas deserciones. Pero, ¿hay otras razones?
Aplicando la natural debilidad humana que genera rencores, los policías también fueron usurpados en su antiguos roles. Hoy no puede detener y ni siquiera interrogar a un sospechoso o acusado sin una Orden Escrita del Fiscal correspondiente. Pero donde el trabajo policial se torna más diferente e incómodo para el detective es cuando tienen que competir con los investigadores de Carabineros. Son innumerables los casos en que la rivalidad ha generado graves conflictos judiciales.
El verdadero problema o la causa real de la actual crisis judicial chilena es el síndrome “Gobierno Militar”, o paranoia anti represiva.
En el nuevo sistema de investigación criminal no se permite ni el más mínimo intento de presión sicológica al inculpado. Presión sicológica que existió siempre, a través de la “incomunicación” ordenada por los Jueces Letrados que se hacen llamar Señoría Ilustrísima. La Ley los autorizaba a decretar incomunicación hasta por 5 días que podían ser renovados a criterio del Magistrado. La incomunicación era el encierro en una pequeña celda oscura, desde donde salían sólo para ser interrogados bajo la presión de seguir incomunicado.
Actualmente, la detención preventiva que autorizan los Tribunales, apunta solo a que el acusado no interfiera en la investigación y, manteniéndolo en “libre plática”, asegura que cualquier interrogatorio se encuadre en el más estricto respeto a los derechos humanos. Derechos Humanos que el delincuente pisotea con sus víctimas.
DespiertaChile.
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